La Audiencia Nacional de España ha denegado la solicitud de asilo de un ciudadano marroquí, actualmente detenido en un centro de internamiento para extranjeros en Madrid. El solicitante alegaba ser perseguido en Marruecos por no adherirse al islam. El ciudadano afirmó haber sido agredido en su país debido a su falta de práctica religiosa y expresó temor por su vida si regresara a Marruecos. Declaró no «conocer nada del islam, no practicar, no ayunar y nunca haberse sentido integrado», y aseguró haber sufrido agresiones tanto en Marruecos como en España, especialmente en Bilbao, por no respetar el ayuno. También señaló haber presentado denuncias en Marruecos y mencionó que algunos de sus agresores están en España, uno de los cuales cumplió condena en Marruecos. A pesar de estas declaraciones, reconoció no tener problemas con las autoridades marroquíes, aunque manifestó sentirse inseguro y temer a los musulmanes en su país. Además, admitió haber sido expulsado de España en 2017 con una prohibición de retorno de cinco años y haber sido detenido en varias ocasiones por violaciones a las leyes de inmigración o por delitos menores, según su expediente. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados fue el primero en rechazar su solicitud, señalando en un informe del 25 de junio de 2024 que esta «no contenía, a la fecha de dicho informe, elementos suficientes para emitir una opinión positiva para su aceptación y tratamiento». Esta evaluación fue clave en la decisión administrativa de denegar la protección internacional, destacando que «las alegaciones no se basan en un temor justificado de persecución por motivos de opiniones políticas, creencias religiosas, pertenencia racial o nacional, pertenencia a un grupo social particular, o por razones de género, identidad u orientación sexual». Tras este rechazo, el individuo solicitó una revisión de su caso, pero la administración española mantuvo su decisión, apoyándose en informes internacionales que indican que «la constitución marroquí garantiza la libertad de creencia. Lo que es punible es el proselitismo y los intentos de conversión de musulmanes a otras religiones, además de la crítica al islam».