En una decisión histórica, el Tribunal de Casación ha reconocido el derecho de un niño, nacido de una violación, a recibir una indemnización por parte de su padre biológico, a pesar de la ausencia de un vínculo de filiación legal. Al anular el fallo del Tribunal de Apelación de Al Hoceima, establece un precedente inédito en la defensa de los derechos de los niños nacidos fuera del matrimonio y reaviva el debate sobre el uso de la prueba genética y la reforma del Código de Familia en Marruecos. En un giro judicial sin precedentes, el 15 de abril de 2025, el Tribunal de Casación revocó el fallo del Tribunal de Apelación de Al Hoceima, que había rechazado previamente la solicitud de indemnización de una madre para su hijo, nacido de una relación ilícita tras una violación. El caso se remonta a 2023, cuando la madre, quien tiene una discapacidad, acudió al Tribunal de Primera Instancia de Al Hoceima para solicitar una indemnización para su hijo, nacido de su agresor, quien había «explotado su estado mental». El violador fue condenado a solo un año de prisión. Sin embargo, el tribunal rechazó la solicitud, argumentando que la filiación derivada de una relación ilícita no confiere derechos legales, impidiendo así al niño reclamar una pensión alimenticia de su padre. El Tribunal de Apelación de Al Hoceima confirmó esta decisión, pero la madre, decidida a buscar justicia, llevó el caso ante el Tribunal de Casación. Tribunal de Casación: Un nuevo enfoque sobre los derechos del niño En su decisión, de la cual Yabiladi pudo consultar una copia, el Tribunal de Casación subrayó que los tribunales tienen el poder de adaptar las solicitudes de las partes según los principios de justicia. Precisó que el fallo contra el violador no lo exime de su responsabilidad hacia su hijo biológico. El Tribunal también insistió en que el niño no debe sufrir las consecuencias del crimen de su padre, ya que esto constituye un perjuicio directo, afectando su futuro y sus necesidades esenciales como la alimentación, la vivienda y la educación. Sobre esta base, el Tribunal de Casación decidió remitir el caso al Tribunal de Apelación de Fez, donde será reexaminado con una prueba genética para confirmar la paternidad. Si esta se establece, el padre estará obligado a pagar una indemnización mensual al niño para cubrir sus necesidades hasta su mayoría de edad o hasta los 25 años si continúa sus estudios. Reacciones a la decisión: Entre elogios y críticas La decisión fue ampliamente aplaudida en las redes sociales, donde muchos la consideran un precedente jurídico importante que mejora la justicia en los casos de filiación ilegítima y refuerza los derechos de los niños a obtener reparación por los daños sufridos. Por otro lado, Khadija Rabaah, presidenta de la Asociación Democrática de Mujeres Marroquíes, expresó su descontento ante la pena de solo un año de prisión impuesta al acusado. Declaró que esta sanción refleja una falta de verdadera justicia penal para las mujeres. Destacó la necesidad de examinar el fallo desde dos ángulos: por un lado, representa un precedente judicial inédito y abre el camino a una interpretación jurídica significativa que debería integrarse en la legislación. Pero la pregunta permanece: ¿seguirá siendo una simple interpretación? ¿O es hora de reconocer la prueba genética como una herramienta fundamental en tales casos? La pericia genética es percibida como un elemento crucial en los llamados a la reforma del Código de la Familia. «Apoyamos la adopción sistemática de la pericia genética, y no queremos que siga siendo una simple interpretación judicial. En este caso, el juez ordenó una prueba genética, pero en otros, esto podría no ser el caso.» Khadija Rabaah La abogada y activista de derechos humanos afirmó la necesidad de modificar el Código de la Familia y el Código Penal para alinearlos con las normas internacionales que enfatizan los derechos de las víctimas y les garantizan una reparación justa.