Una jurisprudencia permite ahora a las madres solteras marroquíes presentar una solicitud de asilo en los Países Bajos, debido al riesgo de enjuiciamiento penal en su país de origen. Esta decisión del Consejo de Estado neerlandés considera principalmente el interés superior del niño. En esta sentencia, la justicia valida el recurso de una solicitante, tras una primera negativa en 2023. El Consejo de Estado en La Haya emitió el 20 de mayo de 2025 un fallo que marca un precedente al permitir que madres solteras marroquíes soliciten asilo en los Países Bajos, siempre que puedan demostrar un riesgo real de persecución penal. La decisión, publicada el 26 de mayo, favoreció a una ciudadana que había apelado una orden de expulsión que afectaba tanto a ella como a sus tres hijos, así como a un rechazo administrativo en 2023. Inicialmente, el veredicto había respaldado al Ministerio de Asilo y Migración, que argumentó que Marruecos es considerado un país de origen seguro. Sin embargo, esta categoría no se aplica a personas que enfrenten acciones legales y puedan «demostrar concretamente que las garantías legales existentes en Marruecos contra las violaciones de derechos y libertades no están aseguradas en su caso individual». En la apelación, el Ministerio sostuvo que «debe haber indicios concretos e individuales de que se iniciarán efectivamente procesos penales». En los fundamentos del fallo, el Consejo de Estado reconoció la admisibilidad de la queja de la solicitante, ya que «ha demostrado que se expondría a procesos penales si regresara a Marruecos y que las garantías legales contra las violaciones de derechos y libertades no están aseguradas en su caso individual». Un riesgo de persecución y múltiples consecuencias La apelación de la solicitante se basa en los artículos 490 y 491 del Código Penal, que regulan las relaciones fuera del matrimonio y el adulterio, así como en las disposiciones del Código de Familia sobre la anulación de la tutela legal y la custodia de los hijos. La solicitud también cita el informe de 2022 de la asociación MRA/Mobilizing for Rights, titulado «Protección, no prisión: cómo la criminalización de las relaciones sexuales fuera del matrimonio fomenta la violencia». Según este documento, el número anual de procesos en casos similares durante el período estudiado superó los 10,000 en Marruecos. Marruecos: Más lucha contra las relaciones fuera del matrimonio que contra la violencia hacia las mujeres El informe de la asociación propone un análisis cuantitativo para instar a la Fiscalía a proteger mejor a las mujeres víctimas de violencia, priorizando la prevención sobre el encarcelamiento por relaciones consentidas fuera del matrimonio. En 2020, 46 personas fueron procesadas por feminicidio, 756 por violación, 2,034 por violencia hacia las mujeres con incapacidad superior a 20 días y 505 por acoso sexual en espacios públicos. Por otro lado, se iniciaron 20 procesos por acoso sexual en el trabajo y solo 2 por incumplimiento de la prohibición de contacto con la víctima. De un total de 3,363 casos, este número contrasta con los 13,018 procesos por relaciones sexuales fuera del matrimonio en el mismo año. Además de estos documentos, la solicitante mencionó el artículo «Respuesta a Marruecos: Condenas por relaciones sexuales extramatrimoniales», del Centro Austriaco de Investigación y Documentación sobre los Países de Origen y Asilo, y el «Breve informe temático oficial sobre el principio ne bis in idem, las condenas penales extranjeras y la legislación sobre la privacidad en Marruecos» de 2023. Un debate sobre las reformas legislativas y el principio de protección El 14 de diciembre de 2023, una carta de MRA fue adjuntada al expediente. En su solicitud, la madre explicó que «debe dirigirse a las autoridades marroquíes para obtener documentos de identidad oficiales para su hijo menor». «Para ello, deberá presentar el acta de nacimiento neerlandesa en la que no se menciona ningún padre. De esto, las autoridades marroquíes pueden deducir que su hijo menor nació de una relación extramatrimonial», señala el Consejo de Estado en su fallo. El correo electrónico de MRA/Mobilizing for Rights confirma que «al solicitar documentos de identidad oficiales para un niño nacido fuera del matrimonio, las autoridades serán informadas de una violación penal sobre las relaciones sexuales extramatrimoniales y procederán a enjuiciar». En algunas ciudades de Marruecos, las madres solteras pueden dar a su hijo su apellido materno o un nombre elegido de una lista exhaustiva, pero estas prácticas dependen principalmente del esfuerzo personal dentro de las administraciones involucradas y de las ONG, en ausencia de disposiciones legales al respecto. Marruecos: ¿Cuándo la prueba de ADN para la filiación de los niños nacidos fuera del matrimonio? Esta inscripción no permite, sin embargo, una filiación paterna, relegando así a los niños nacidos fuera del matrimonio al rango de ciudadanos de segunda clase. En caso de acción judicial en su contra, las madres se exponen no solo a una pérdida de tutela, sino también a restricciones socioeconómicas, en términos de reintegración al mercado laboral después de una pena de prisión. Cabe decir que la suma de las precariedades acentúa las incertidumbres sobre la calidad de vida de los niños menores. Contactada este miércoles por Yabiladi, la asociación MRA celebró que la decisión provenga de un tribunal supremo, priorizando el interés superior del niño. «Debido a los riesgos de persecución penal y al estatus de los niños nacidos fuera del matrimonio, estos últimos quizás no hubieran podido tener una escolarización regular como todos los demás, en caso de regresar a Marruecos», nos explicó la ONG. «Los niños también habrían vivido separados de su madre, si se dictara una condena. El imperativo era principalmente que los pequeños permanecieran con su mamá y que sus derechos fueran garantizados, a la luz de la obligación de protección internacional por parte de los Estados miembros de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDE).» Asociación MRA MRA comparte con Yabiladi «la esperanza de que esta jurisprudencia permita sobre todo avanzar en el debate sobre la situación de los niños nacidos fuera del matrimonio en Marruecos, en el contexto de la reforma del Código de Familia, así como la de las madres solteras, también a la luz de las disposiciones del Código Penal».