El tribunal de asuntos sociales de Las Palmas ha condenado al consulado marroquí a indemnizar a un empleado administrativo víctima de acoso moral, revelando un ambiente de trabajo degradante bajo la dirección de la cónsul. El Juzgado de lo Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado una sentencia condenatoria contra el consulado marroquí, obligándolo a indemnizar con 20.000 euros a un empleado administrativo que sufrió acoso moral. Esta resolución llega tras las denuncias del trabajador, quien aseguró haber sido objeto de un trato degradante y de una presión psicológica constante por parte de la cónsul en funciones, lo que el tribunal calificó como «acoso laboral». El empleado, que lleva trabajando en el consulado desde 2008, rechazó una oferta de 55.000 euros para retirar su denuncia, según informan medios españoles. Optó por continuar con el proceso judicial para que se reconociera el daño moral sufrido desde la llegada de la cónsul en septiembre de 2022. La sentencia, emitida el 10 de noviembre, detalla que el empleado fue víctima de cambios arbitrarios en sus funciones. Fue reasignado como conductor privado de la cónsul, con disponibilidad requerida a cualquier hora. Más tarde, fue aislado en una oficina sin tareas reales, se le prohibió comunicarse con sus colegas, y se le sometió a un clima de intimidación y presión psicológica. El tribunal critica las tareas personales impuestas fuera del ámbito profesional El tribunal también subrayó que la cónsul le asignó tareas personales, como recoger comida o transportar a sus hijos, sin reembolso de los gastos incurridos. Estas prácticas fueron consideradas un atentado contra su dignidad y sus derechos fundamentales. Un informe psicológico adjunto al expediente diagnosticó al empleado con un trastorno de estrés postraumático complejo, atribuido a un «entorno hostil» en el trabajo. Se estableció el vínculo entre su estado de salud y el acoso sufrido, lo que le obligó a tomar una larga baja médica. A pesar de una decisión anterior que ordenaba su reincorporación a su puesto original, el empleado permaneció, según los documentos presentados, aislado y sin funciones reales a su regreso, lo que el tribunal interpretó como una persistencia del comportamiento abusivo. Aunque reclamó 30.000 euros de indemnización, el tribunal fijó la compensación en 20.000 euros, considerando esta cantidad proporcional a la duración de su baja médica y al daño psicológico sufrido. La sentencia no es definitiva y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. En un contexto similar, otra empleada del consulado fue sometida a medidas comparables. Fue trasladada a un piso aislado, despojada de sus funciones e instalada en una oficina vacía, a pesar de decisiones judiciales anteriores que ordenaban su reincorporación. Esta situación llevó al poder judicial a emitir una advertencia al consulado, acompañada de una amenaza de sanción financiera.