Hicham Balaoui, presidente del Ministerio Público ‹ › El presidente del Ministerio Público ha emitido una circular dirigida a los fiscales generales del rey en las Cortes de Apelación y los tribunales de primera instancia, con el objetivo de implementar el procedimiento de conciliación como una alternativa viable a la acción pública. En el documento, el presidente del Ministerio Público ha subrayado la importancia de priorizar la conciliación dentro de la política penal. Ha recomendado que se convierta en un objetivo central en la gestión de los casos penales, sugiriendo su aplicación a las partes involucradas o respondiendo favorablemente a su implementación, siempre que los fiscales generales consideren que existen fundamentos legales para ello. Asimismo, ha aconsejado recurrir a la mediación en consonancia con los propósitos legislativos, otorgando a los mediadores el tiempo necesario para facilitar intentos exitosos de conciliación. Además, ha enfatizado la necesidad de establecer el valor de la multa transaccional conforme a los criterios establecidos en el artículo 41-1 del código de procedimiento penal, asegurando que dicha multa no exceda la mitad del máximo legal previsto para la infracción cometida o para la reparación del daño causado. El presidente también ha insistido en la importancia de supervisar el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de la conciliación dentro de los plazos estipulados. Por otro lado, la circular destaca una mejora en los indicadores de rendimiento relacionados con el número de personas beneficiadas por el procedimiento de conciliación, que ha pasado de 8,219 en 2023 a 15,862 en 2024, y a 21,963 en 2025, lo que representa un incremento del 38%. Estas novedades permiten superar las limitaciones materiales al facultar al fiscal del rey para proponer el pago de una multa que no supere la mitad del máximo legal. También eliminan las restricciones procesales mediante la eliminación del procedimiento de homologación de la conciliación, que se convierte en ejecutoria una vez que el acta es establecida por el fiscal o uno de sus sustitutos, y tras el cumplimiento de los compromisos acordados.